Es frecuente que confundamos ambos términos, cuando en realidad hacen referencia a cosas diferentes ¿Tienen las especias fecha de caducidad? Resolvemos todas tus dudas.

Tras el reciente anuncio de Danone de sustituir la fecha de caducidad de sus yogures y otros productos por la fecha de consumo preferente se ha reabierto el debate sobre la necesidad de replantear ambos conceptos, que a menudo generan dudas en el consumidor. Es frecuente que confundamos ambos términos, cuando en realidad hacen referencia a cosas diferentes. Lo explica la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU): “la fecha de caducidad se indica en productos que son muy perecederos, como carnes, pescados crudos y frescos, que duran pocos días y donde puede haber bacterias patógenas”. Esto significa que una vez superada la fecha de caducidad el producto no debe consumirse en ningún caso, ya que se corre el riesgo de que las bacterias patógenas afecten a nuestra salud. La fecha de consumo preferente se aplica, según la OCU, “a productos bastante más duraderos y que son estables”, de manera que una vez superada esta fecha pueden haber perdido sus propiedades, pero en ningún caso existe riesgo biológico.

Según el catedrático de Microbiología de la Universitat de Girona (UdG), Jesús García-Gil, “el consumo preferente responde sobre todo a la necesidad de las marcas de asegurar que el producto está en su punto máximo de frescura, de manera que sus propiedades organolépticas no se hayan visto afectadas”. En el caso de los yogures, “diversos estudios realizados aseguran un producto estable durante unos 60 días después de la fecha que figura en el envase, siempre que esté correctamente conservado y refrigerado”.

Cuando se supera la fecha de consumo preferente en determinados productos, lo máximo que podemos percibir son alteraciones organolépticas
Jesús García-Gil
Catedrático de Microbiología de la Universitat de Girona (UdG)

Esto supone, según el catedrático, que sustituir la fecha de caducidad de los envases de yogures y otros derivados lácteos por la de consumo preferente es “una excelente idea, que demuestra una gran madurez empresarial y científica”, puesto que al final “nadie sabe mejor que los propios fabricantes cuál es la vida útil de los productos y hasta cuándo estos se conservan frescos de forma óptima”.

El debate sobre la necesidad de sustituir la fecha de caducidad por la de consumo preferente no es nuevo. De hecho, en el año 2014, en el marco de la campaña Más alimentos, menos desperdicio, ya se aprobó una ley que establecía la necesidad de sustituir la fecha de caducidad por la de consumo preferente en los yogures, cosa que tuvo una fría acogida en el sector, que en parte se resistió a adoptar la normativa. Algunos de ellos, no obstante, ya incorporaron en su día la fecha de consumo preferente y eliminaron la de caducidad en sus envases.

“Es importante tener en cuenta que cuando se supera la fecha de consumo preferente en determinados productos, como los yogures, lo máximo que podemos percibir son alteraciones organolépticas que rara vez tienen la capacidad de provocar toxoinfecciones”, señala García-Gil.

Según el experto, “la acidez que se deriva de la fermentación de las bacterias que encontramos en la leche es la responsable de que se preserve el yogur” y es aproximadamente a partir de los 60 días después de la fecha que figura en el envase cuando podemos empezar a notar modificaciones, puesto que “estas bacterias, levaduras y hongos empiezan a cambiar y, por tanto, el producto se debe descartar”. El olfato suele ser un buen aliado a la hora de comprobar si debemos consumir un yogur una vez superada la fecha de consumo preferente: es posible que aumente la acidez y disminuya la consistencia, aunque en la mayoría de casos el producto sigue siendo seguro.

La Comisión Europea también se ha pronunciado sobre la seguridad de las fechas de consumo preferente. Este organismo recomienda que antes de tirar un alimento por haber superado esta fecha, es recomendable “comprobar si tiene buen aspecto y si huele y sabe bien, cerciorándose antes de que el envase esté intacto”. Insiste, sin embargo, en que una vez abierto el producto es importante seguir las instrucciones de uso, como consumirlo en un plazo de determinados días, por ejemplo. En cuanto a la fecha de caducidad, la Comisión es tajante: no se debe consumir en ningún caso un producto una vez superada esta, puesto que este gesto puede entrañar riesgos para la salud “a causa de la transformación en los microorganismos que contiene”, explica García-Gil.

Son muchas las marcas que ya desde el año 2013 sustituyeron la fecha de caducidad por la de consumo preferente
Miguel Ángel Lurueña
Doctor en Ciencia y Tecnología de los Alimentos

En el caso de los yogures parece razonable, pues, sustituir la fecha de caducidad por la de consumo preferente, puesto que, en palabras de Miguel Ángel Lurueña, doctor en Ciencia y Tecnología de los Alimentos y autor del blog Gominolas de Petróleo, que acaba de publicar Que no te líen con la comida (Destino, 2021), “las evidencias científicas muestran que si se ha mantenido la cadena de frío es poco probable que mohos y levaduras estén presentes en el producto final en cantidades que puedan poner en riesgo la salud del consumidor”. Esto se debe fundamentalmente, según el experto, “a las condiciones higiénicas durante la producción de leche y durante el procesado y distribución del yogur, que han sido posibles gracias a los avances en materia de ciencia, tecnología, sistemas de producción y de control y legislación”.

Hoy, por tanto, cabe recordar aquella polémica frase que pronunció en su día, concretamente en el año 2013, el ministro de Agricultura de la época, Miguel Arias Cañete: “Veo un yogur y ya puede poner la fecha que quiera que me lo como”, una sentencia que en su momento generó polémica pese a que dio lugar a un cambio de legislación al año siguiente con el objetivo de reducir el desperdicio alimentario. En este sentido, Lurueña insiste en que pese a que el debate se ha reabierto en las últimas semanas tras el anuncio de Danone “son muchas las marcas que ya desde el año 2013 sustituyeron la fecha de caducidad por la de consumo preferente”, aunque la legislación dejaba la decisión en manos de cada fabricante.

Esta medida permite, según Lurueña, “poner a los fabricantes españoles en la misma situación de competencia frente a los del resto de la Unión Europea”, así como reducir el desperdicio de alimentos. Los datos al respecto, sin embargo, no son nada esperanzadores: según un informe del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (Pnuma), el 17% de comida disponible para los consumidores termina en la basura de los hogares, lo que se traduce en 74 kg de comida por persona y año, mientras 690 millones de personas en todo el planeta (aproximadamente el 9%de la población) sufre problemas de hambre.

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