En días pasados se conoció la noticia según la cual el Gobierno colombiano notificó a su homólogo de EE. UU. la apertura de la investigación por subsidios para los dos productos, justo a 8 meses de que se eliminen los aranceles al maíz, y 1 año y 8 meses para la culminación del programa de desgravación para la leche en polvo, según lo acordado en TLC con ese país.
La investigación apunta a determinar si las ayudas económicas otorgadas por el Departamento de Agricultura de Estados Unidos a sus productores agrícolas, que según estimaciones suman USD 248.000 millones entre 2018 y 2023, representan una práctica desleal que perjudica a la industria nacional colombiana a través de la internación de estos productos en condiciones arancelarias preferenciales concedidas por Colombia.
Si la investigación concluye que existen subsidios perjudiciales, Colombia podría imponer medidas compensatorias sobre las importaciones de maíz y de leche en polvo de EE. UU., lo que se traduce en la posibilidad de limitar el programa de liberación comercial e imponer un derecho arancelario adicional que contrarreste el efecto perverso de los subsidios otorgados en EE.UU. Esto, con el fin de nivelar el campo de juego para los productores locales.
Subsidios como una práctica desleal de comercio internacional
Si bien la aplicación y ejecución de medidas gubernamentales enfocadas en el apoyo y fomento a una determinada rama de la producción nacional es, en principio, deseable por aquellos productores que carecen de un nivel competitivo suficiente para enfrentar el mercado, y son herramientas de política comercial válidas, no menos cierto es que su aplicación y ejecución puede ocasionar graves perjuicios en otros países receptores de los productos cobijados con subsidios.
Esta práctica le genera una competitividad artificial al productor, quien puede acceder al mercado en mejores condiciones de precio final para el consumidor en virtud del subsidio recibido; por tanto, si bien es una práctica legal, no deja de tener cierta connotación de «deslealtad» en el marco del comercio internacional.
Tal puede ser el efecto de este tipo de prácticas en el comercio internacional, que los países signatarios del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) decidieron suscribir un Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (“Acuerdo SMC”), mediante el cual regular el otorgamiento de subsidios y ayudas internas a productores locales que puedan tener afectaciones directas sobre un socio comercial importador de tales productos.
En este sentido, predica el Acuerdo SMC la existencia de dos tipos diferentes de subsidios o subvenciones, aquellas cobijadas con una prohibición expresa de aplicación, como el caso de medidas sujetas a los resultados de una exportación, lo que se conoce como “subvenciones a la exportación”, y aquellas subvenciones “recurribles”, medidas de permitida aplicación en procura del desarrollo de un determinado sector.
Sin embargo, en caso de que su aplicación tenga un efecto desfavorable sobre un socio comercial, estas pueden ser impugnadas a través del sistema de solución de controversias multilateral o ser objeto de una medida compensatoria. Para su impugnación o adopción de una medida compensatoria debe, el perjudicado demostrar al menos la existencia de un daño a una rama de la producción nacional o un perjuicio grave.
¿Qué es una medida compensatoria?
De conformidad con el Artículo VI del GATT de 1994, una medida compensatoria debe entenderse como «un derecho especial percibido para contrarrestar cualquier prima o subvención concedida, directa o indirectamente, a la fabricación, la producción o la exportación de un producto».
Así mismo, el glosario de la Organización Mundial del Comercio define una medida compensatoria como aquellas que «son las que toma un país importador, generalmente en forma de un aumento de los derechos, con objeto de contrarrestar las subvenciones concedidas en el país exportador a los productores o a los exportadores».
Por tanto, de prosperar esta investigación, conocida por medios de información secundarios, su efecto se materializará en la posibilidad para Colombia, de intervenir el programa de desgravación acordado con los Estados Unidos, a través de un incremento en el arancel a la importación de los productos objeto de la investigación, esto es, para el maíz y para la leche en polvo que ingresen a Colombia y sean originarios de los EE. UU.
Un sabor agridulce
Si bien, prima facie, la posibilidad de incrementar el arancel a la importación del maíz y la leche en polvo puede resultar deseable, la situación es diferente para cada subsector; para el caso del maíz, por su parte, la situación impone un alto reto a superar, en tanto se ha evidenciado la disminución de la oferta local de maíz en Colombia en los últimos años, mientras que la demanda ha crecido. La producción nacional ha experimentado una caída en las últimas décadas, haciéndonos más dependientes de las importaciones. Hasta 1990 se sembraban 786.800 hectáreas de maíz, para 2008 apenas se registraron 523.820 hectáreas sembradas y la tendencia se mantiene decreciente.
La situación se agrava por la disminución de la oferta local de maíz en Colombia en los últimos años. Mientras que la demanda ha crecido, la producción ha experimentado una caída en las últimas décadas, haciéndonos más dependientes de las importaciones. Hasta 1990 se sembraban 786.800 hectáreas de maíz, mientras que en 2008 apenas se registraron 523.820 hectáreas sembradas.
Dicho lo anterior, es menester llamar la atención y alertar con relación a la existencia de un riesgo latente para aquellos quienes tienen al maíz como insumo primordial en sus procesos de producción, tal es el caso de la producción aviar y porcina en el país, pues, de prosperar una medida compensatoria para el maíz, se verían seriamente abocados a enfrentar una situación de altos costos en su estructura productiva y minar así, las condiciones de desarrollo y crecimiento sectorial.
Andrés Mauricio Castro, decano de Negocios Internacionales de la Universidad Piloto de Colombia, explicó a Agronegocios que se debe pensar cómo se van a aplicar esos derechos de medidas compensatorias frente a los subsidios agrícolas.
«Ahora, si se tiene que pagar aranceles sobre ese maíz americano importado, pues al final eso termina aumentando el costo operativo y al final, termina afectando el precio del consumidor», advirtió el experto.
¿Y el caso de la leche en polvo?
Contrario al posible efecto negativo de una medida compensatoria sobre el maíz originario de los EE. UU., la leche en polvo guarda una diferencia estructural fundamental, la existencia de una oferta productiva que excede con creces la demanda formal de leche en el país. Don más de 7.400 millones de litros de leche que anualmente se producen en Colombia, suficiente para atender las necesidades del mercado doméstico, por lo que una medida compensatoria al ingreso de leche en polvo al país, es decir, un incremento arancelario, revive un viejo anhelo del sector ganadero colombiano, la protección y salvaguardia de la producción lechera nacional, de los efectos negativos derivados de la aplicación del TLC con los EE. UU.
El antecedente de la salvaguardia lechera
Esta noticia recuerda lo sucedido en 2021, cuando la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán) presentó una solicitud para invocar la imposición de una medida de salvaguardia a las importaciones de leche en polvo de EE. UU., un mecanismo establecido en el TLC firmado entre los dos países para proteger a sus respectivos sectores económicos en caso que, por efecto del Acuerdo, las importaciones de un país generen, o amenacen daño a una rama de la producción nacional.
En ese momento, como explicó José Félix Lafaurie, presidente ejecutivo de Fedegán, la presentación de la salvaguardia al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo para brindar alivio a los productores nacionales de leche líquida, evitar su quiebra y mantener la seguridad alimentaria del país.
Luego de casi diez meses desde la presentación a satisfacción, de todos y cada uno de los requisitos exigidos para solicitar la imposición de una medida de salvaguardia, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo fue enfático en señalar en el acápite de Conclusiones del INFORME TÉCNICO APERTURA – VERSIÓN PÚBLICA EXPEDIENTE: SB-249-01-79 de junio de 2021, que “La evaluación del mérito para la apertura de la investigación, de acuerdo con la información allegada con la solicitud por la Federación Nacional de Ganaderos – FEDEGAN, mostró que en los años analizados (2018, 2019 y 2020), las importaciones de leche en polvo originarias de los Estados Unidos, registraron indicios suficientes de un incremento importante en su volumen y de daño grave en los siguientes indicadores económicos: Volumen de producción respecto al Consumo Nacional Aparente, importaciones investigadas respecto al volumen de producción, productividad, precio, volumen ventas peticionarias respecto al Consumo Nacional Aparente e importaciones investigadas respecto al Consumo Nacional Aparente. Adicionalmente, existen indicios suficientes de relación de causalidad entre las importaciones investigadas y el daño grave ocasionado a la rama de producción nacional.” (Negrilla fuera de texto)
Sin embargo, y a pesar de lo conceptuado en el informe presentado por la Subdirección de Prácticas Comerciales del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, como resultado de un juicioso ejercicio de análisis, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior – “Comité Triple A”, decidió no oír lo plasmado en el informe señalado.
«El Triple A cedió a la presión de no “contrariar” a Estados Unidos por temor a eventuales represalias comerciales, y a la de los opositores a nuestra solicitud, los exportadores estadounidenses, la Cámara de Alimentos de la ANDI y la industria láctea», expresó el presidente ejecutivo de Fedegán en ese entonces. Sin duda fue una oportunidad perdida.
A resaltar
Con esta noticia que fue conocida por medios de comunicación secundaria, dado que a la fecha no se cuenta con confirmación oficial, merece la pena destacar la voluntad del Gobierno colombiano por materializar aquellas cláusulas del TLC que están diseñadas precisamente para contrarrestar los efectos no deseados de la aplicación del Acuerdo vigente con los Estados Unidos.
Hay que recordar que los mecanismos están ahí, acordados y vigentes en procura de la protección a la producción nacional. No siempre es viable aceptar indolentemente las condiciones de mercado que se han generado por el TLC, los medios de defensa son precisamente para activarlos cuando sea necesario.
Urge entonces llamar la atención y exhortar al Gobierno nacional para que no exista duda o temor en aplicar lo pactado en el TLC, se insiste, ahí están los mecanismos, ¡apliquémoslos!
A manera de corolario, son muchas las áreas de las relaciones comerciales bilaterales que pueden ser abordadas bajo la sombrilla del TLC, ejemplo de ello es el sector cárnico bovino. Tenemos la certeza que, a través del Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias del Acuerdo, se puede agilizar y darle celeridad al proceso de admisibilidad sanitaria para la carne bovina; ha transcurrido ya más de una década de vigencia del TLC y a la fecha, seguimos escribiendo, ya casi como una consigna sectorial, que a pesar de tener cero arancel para la carne bovina al mercado de los Estados Unidos, ni un solo kilogramo de carne bovina colombiana ha llegado al mercado americano dada la falta de admisibilidad sanitaria, no desaprovechemos más tiempo.