Hace cinco meses, el Poder Judicial condenó a prisión suspendida al dueño de NIISA Corporation, Martín Alfaro, por coludirse con funcionarios de una municipalidad del Callao para ganar licitación. En carta notarial enviada a Ojo-Publico.com, Alfaro dijo que investigaciones en su contra habían sido archivadas.
LOCAL. En el distrito de Ate está ubicada la sede de NIISA Corporation, principal proveedora del Vaso de Leche en el Perú. Foto: Ojo-publico.com

A través de una carta notarial, el accionista y gerente general de NIISA Corporation, Moisés Martín Alfaro Barreto (56), dijo que las denuncias del Ministerio Público contra su empresa fueron archivadas “luego de un riguroso control y verificando que nuestro actuar siempre se encuentra acorde a la ley”. Sin embargo, Ojo-Publico.com, en el marco de la investigación regional “La leche prometida”, accedió a una sentencia judicial que contradice al dueño de la principal proveedora del Vaso de Leche en el Perú.

El Poder Judicial condenó en marzo último a Alfaro Barreto y a uno de los trabajadores de NIISA Corporation, Edwin Ruiz Lozada (39), a cuatro años de prisión suspendida por coludirse con funcionarios de la Municipalidad de Carmen de la Legua Reynoso. La Corte Superior del Callao concluyó que las coordinaciones ilícitas entre las partes beneficiaron a dicha empresa en la adjudicación de un contrato por US$184 mil en marzo de 2011, en su calidad de proveedora del Programa del Vaso de Leche (PVL).

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CONDENA. Poder Judicial ordenó cuatro años de prisión suspendida al gerente de NIISA Corporation y a uno de sus trabajadores por colusión en el Vaso de Leche.
Documento: Ojo-Publico.com

 

El fallo emitido por el juez del Callao Gino Paolo Delzo Livias determinó que las bases de este proceso de selección fueron “elaboradas desde una computadora ubicada dentro de las instalaciones de NIISA Corporation”, en base a las pericias presentadas por la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Callao, y los informes elaborados por la División de Investigación de Delitos de Alta Tecnología de la Policía (Divindat), tras el allanamiento del local de NIISA Corporation en 2011.

La Ley de Contrataciones del Estado dice que las bases integradas deben ser elaboradas por un comité de selección, que en el caso de la municipalidad chalaca estaba integrado por Patricia Flores Medina (42), Bernabe Tenorio Parco y José de la Torre Céspedes (52). Sin embargo, la Divindat y la Fiscalía identificaron al usuario “eruiz” como autor de este documento en formato Word alojado en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (Seace).

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EVIDENCIA. La División de Investigación de Delitos de Alta Tecnología de la Policía detectó que las bases fueron creadas por un trabajador de NIISA Corporation.
Documento: Seace.

El documento de este caso, al que tuvo acceso Ojo-Publico.com, señaló que la Policía halló el mismo usuario “eruiz” en uno de los discos duros extraídos de la computadora incautada a NIISA Corporation. El trabajador de dicha empresa, Edwin Ruiz Lozada, en declaraciones a las autoridades y tras negarlo en un primer momento, reconoció que utilizó “el usuario ‘eruiz’ para cumplir sus funciones” en la compañía hoy gerenciada por Alfaro Barreto.

La Fiscalía Anticorrupción acreditó que los integrantes del comité de selección “abdicaron a sus funciones al no elaborar las bases integradas (…) para que sean estos [NIISA Corporation] quienes elaboren [los documentos] con las condiciones técnicas convenientes para la empresa y salgan favorecidas con el otorgamiento de la buena pro”. El juzgado del Callao condenó a Flores Medina y De la Torre Céspedes (funcionarios del municipio citado) a cinco años de prisión, mientras que reservó su decisión para Bernabe Tenorio hasta su captura.

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CONTRATOS. La empresa NIISA Corporation es la principal proveedora de insumos para el programa del Vaso de Leche en el Perú.
Ilustración: Rocío Urtecho.

La decisión judicial además se sustenta en las llamadas telefónicas entre Flores Medina y De la Torre Céspedes con los dos representantes de NIISA Corporation. El Ministerio Público, representado en el juicio oral por el fiscal Francisco Alarcón Solís, identificó incluso que Ruiz Lozada (el empleado de NIISA) y Flores Medina hablaron por teléfono celular “el mismo día y antes de que se lleguen a colgar las bases integradas al sistema del Seace”.

La Divindat, por su parte, advirtió que en el disco duro de la computadora de NIISA Corporation también se encontraron las “bases integradas de otras municipalidades”, que fueron creadas y modificadas por el usuario “eruiz”. Ojo-Publico.com conoció que el sistema de antecedentes del Ministerio Público también registró investigaciones contra Martín Alfaro Barreto por el presunto delito de colusión en las fiscalías anticorrupción de Lima Norte y Sur en 2011.

Las pericias presentadas por la Fiscalía además concluyeron que la leche vendida por NIISA Corporation a la municipalidad de Carmen de la Legua Reynoso “no corresponden al valor del mercado”. El informe de los peritos Santiago Acosta Chumpitaz y Argernón Velapatiño Ayala identificaron sobrecostos de entre US$1.000 y US$4.000 en la entrega de leche evaporada en comparación con la brindada a los distritos de San Miguel, Chaclacayo y Surquillo.

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CONTRADICCIÓN. El gerente general de NIISA Corporation, Moisés Alfaro Barreto, aseguró que las investigaciones contra él y su empresa fueron archivadas.
Documento: Carta notarial de NIISA Corporation.

La sentencia del Callao además prohibió que Alfaro Barreto y Ruiz Lozada se ausenten del lugar donde residen sin autorización judicial, y los obliga a comparecer cada mes ante el juzgado. El fallo del juez Delzo Livias también ordenó el pago de US$18.000 de reparación civil que deberá ser abonada por NIISA Corporation como tercero civil responsable junto a Alfaro Barreto, Ruiz Lozada y los demás condenados. A pesar de que Ojo-Publico.com consultó en reiteradas ocasiones sobre el estado de este caso, la Procuraduría Anticorrupción decidió no brindar información al respecto.

Finalmente, en el mismo caso, el juzgado del Callao condenó a Carlos Javier Ceras Rojas (38), exintegrante suplente del proceso de licitación y entonces subgerente de logística de la municipalidad, a cinco años de pena privativa de la libertad. La resolución judicial señala que Carlos Ceras recibió las bases integradas en un correo enviado por De la Torre, y que estas fueron publicadas en el Seace desde una computadora que no corresponde a la Municipalidad de Carmen de la Legua Reynoso.

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