En mayo pasado las tres entidades lácteas firmaron un acuerdo con el gobierno nacional para ampliar la oferta interna de productos a precios subsidiados a cambio de la promesa no de intervenir la exportación.

Desde entonces la capacidad de compra del sector se recuperó y con ella también la posibilidad de ir ajustando el valor de la leche liquidada a los tamberos.

Pero en el marco de ese acuerdo se estableció que en el transcurso del presente mes de octubre los lácteos comprendidos en el programa de precios oficiales recibirían un ajuste del orden 5% para compensar parte de la inflación de costos.

La mala noticia es que eso no va a ocurrir porque se fue la funcionaria firmante del acuerdo –Paula Español– y el nuevo secretario de Comercio Interior, Roberto Feletti, acaba de imponer de manera unilateral un listado de precios máximos con efecto retroactivo al 1 de octubre pasado y con la obligación de mantenerlo vigente (en principio) hasta el 7 de enero de 2022.

La cuestión es que, del total de los 1432 artículos de primera necesidad comprendidos en la medida, 173 son lácteos elaborados por grandes, mediadas y pequeñas empresas, lo que compromete la sostenibilidad no sólo de las firmas obligadas a vender productos por debajo del costo, sino también de todas aquellas que no van a poder ajustar precios para evitar quedar “descalzadas” del listado de precios máximos.

Los productos del sector incluidos en el congelamiento unilateral son muchísimos: leche fresca y larga vida, leche en polvo, leche chocolatada, crema, manteca, dulce de leche, yogur firme y bebible, queso untable, queso crema, queso rallado, queso por salut, queso cremoso, postres lácteos y queso muzzarella.

El listado, además, comprende precios diferentes según el destino con criterios que no están del todo claros. Por ejemplo, la muzzarella La Paulina de Saputo Argentina que en la ciudad de Buenos Aires debe venderse a un valor de 779,0 $/kg, en la provincia de Córdoba tiene que tener un precio máximo de 821,8 $/kg ¿Por qué esa diferencia? Misterio.

Emergencia lechera1

La obligación impuesta, en un contexto de aceleración inflacionaria, provocará –tal como ya sucedió en el pasado reciente– una ventaja competitiva de aquellas empresas lácteas que tienen la posibilidad de comercializar sus productos fuera de los “radares” de los agentes de Comercio Interior.

Un comentario al margen merece el hecho de en el listado están comprendidos 18 productos de la cooperativa SanCor, una empresa que no tiene recursos ni siquiera para afrontar salarios y que, con la medida ahora impuesta, seguirá sumando problemas.

La cuestión es que, mientras que otros sectores alimenticios tienen cierto margen para sortear los quebrantos generados por tener que subsidiar con recursos propios el programa de precios máximos, no es precisamente el caso de la industria láctea porque la mayor parte de los artículos que elabora son perecederos.

Si el congelamiento de precios mayoristas de los lácteos básicos termina promoviendo un fenómeno similar en el valor de la leche producida por tamberos, la medida oficial perjudicará a los productores más pequeños para fomentar el proceso de concentración sectorial.

El listado completo de lácteos comprendido en la medida es el siguiente:

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