El Gobierno nacional oficializó la distribución del cupo de exportación de productos lácteos con destino a Colombia para el ciclo comercial 2026. La medida fue publicada en el Boletín Oficial y se enmarca en el Acuerdo de Complementación Económica N° 72 (ACE 72) entre el Mercosur y Colombia, que otorga preferencias arancelarias a determinados productos.
Según la resolución, el cupo total habilitado asciende a 2.268 toneladas métricas, destinadas a exportaciones de leche y nata (crema) en polvo o en otras formas sólidas, correspondientes a las posiciones arancelarias 0402.10, 0402.2 y 0402.9. No obstante, el total disponible no fue asignado en su totalidad entre las empresas solicitantes.
El contingente forma parte de un esquema progresivo acordado con Colombia, que comenzó con 1.500 toneladas anuales y se incrementa a razón de 3% por año durante un período de 15 años, fortaleciendo el comercio bilateral de productos lácteos.
Empresas habilitadas
En el proceso de asignación se presentaron 11 empresas, todas inscriptas en el Sistema de Información de Operadores de Carnes y Lácteos (Siocal) y con habilitación sanitaria vigente del Senasa.
Las firmas que recibieron el mayor volumen asignado (226,8 toneladas métricas cada una) fueron:
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Noal SA
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Cremigal SRL
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Punta del Agua SA
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La Sibila SA
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L3N SA
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Mastellone Hnos.
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Molfino Hnos.
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Gloria Argentina
Además, se asignaron:
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100 toneladas métricas a La Varense SRL y García Hermanos Agroindustrial SRL
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200 toneladas métricas a Lácteos Ramolac SA
La resolución aclara que tres empresas solicitaron un volumen inferior al que les hubiera correspondido según el criterio de reparto, por lo que sus adjudicaciones fueron ajustadas al tonelaje efectivamente pedido. El remanente generado fue redistribuido entre el resto de los participantes hasta alcanzar el tope máximo permitido.
Fondo de libre disponibilidad
La diferencia no asignada pasó a integrar el Fondo de Libre Disponibilidad, que para 2026 quedó establecido en 53,6 toneladas métricas. Ese volumen se adjudicará bajo el sistema “Primero Llegado, Primero Servido”, conforme a la normativa vigente.
La asignación se realizó en base a las solicitudes presentadas entre el 1 y el 15 de diciembre de 2025 a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), y conforme a los criterios establecidos por la Resolución N° 21/2018, prorrogada en enero de 2023.
El texto oficial recuerda que las preferencias arancelarias aplican exclusivamente dentro del cupo asignado. Las exportaciones que superen ese volumen anual no acceden a los beneficios previstos en el acuerdo comercial.
Finalmente, la resolución establece que las exportaciones deberán ingresar a Colombia antes del 31 de diciembre de 2026, fecha límite para la utilización efectiva del cupo.
Fuente: La Nación – Campo
https://www.lanacion.com.ar/economia/campo/lacteos-el-gobierno-distribuyo-el-cupo-para-exportar-a-colombia-y-11-empresas-quedaron-habilitadas-nid14012026/






