Lo hacían trabajar en el tambo desde las dos de la mañana hasta las diez y media de la noche. No tenía francos ni descansos y en ocasiones andaba descalzo y semidesnudo a pesar de las bajas temperaturas. No le daban de comer la mayoría de los días, y lo amenazaban para que no se fuera a vivir con su madre.
Ese calvario, que comenzó cuando el tamberito tenía apenas 12 años y fue separado de su madre, se terminó el año pasado -el 11 de septiembre-, cuando la Justicia Federal ordenó allanar un campo en jurisdicción de Josefina, en el departamento Castellanos, donde su tía materna, junto a su pareja, tenían a su cargo la explotación de un tambo que producía 2.700 litros de leche diarios.
La denuncia fue radicada por un matrimonio de exempleados, que advirtieron las condiciones infrahumanas en las que vivía el muchacho, que al momento de su rescate ya era un adolescente de 17 años.
Los denunciantes se acercaron a la delegación San Francisco -Córdoba- de la Policía Federal (PFA) y allí se inició una investigación por el presunto delito de “trata de persona con fines de explotación laboral” que quedó a cargo de la Fiscalía Federal de Rafaela.
Juicio abreviado
La investigación avanzó a punto tal que, la semana pasada, el Tribunal Oral Federal (TOF) de Santa Fe condenó a la pareja por el delito de “reducción a la servidumbre” en el marco de un juicio abreviado.
“En el acuerdo existe un reconocimiento del accionar de los imputados, encuadrándolo en la figura penal de reducción a la servidumbre”, escribió el juez Luciano Homero Lauría, en un fallo que fue publicado por el Centro de Información Judicial (CIJ) el martes pasado.
La sentencia alcanza a la tía de la víctima, Maricel Bernardita Román, de 43 años y el concubino de ésta, Víctor Raúl Bustamante, de 61. Ambos permanecen privados de la libertad, la mujer en prisión domiciliaria que cumple en la localidad de Freyre, en la provincia mediterránea; mientras que él se encuentra alojado en el Penal de Ezeiza.
Román fue considerada autora por el delito mencionado y recibió una pena de cuatro años de prisión, más declaración de reincidencia por una condena anterior -también de 4 años- en la justicia provincial de Rafaela, por lo que recibió una pena unificada de 6 años y 6 meses.
En tanto Bustamante, quien también se encontraba cumpliendo condena como su pareja -a 3 años de ejecución condicional-, fue sentenciado a dos años de cárcel en su carácter de partícipe secundario por reducción a la servidumbre, unificándose su pena en 4 años de cumplimiento efectivo.
Consentimiento
La sentencia fue a propuesta del fiscal general Martín Suárez Faisal, con acuerdo del defensor particular de los dos acusados, el Dr. Germán Verna. Pero además, contó con el consentimiento de la víctima y los propios implicados.
“Se encuentra probado que ERR desde hacía aproximadamente cinco años, es decir desde los 12 hasta los 17 años de edad, residía en el establecimiento rural denominado campo Tacité, junto a su tía materna Maricel Román, su pareja Bustamante, y sus dos primos menores de edad”, señaló el juez Lauría.
Para el magistrado, “durante dicho período la pareja lo sometió a su dominio, propinándole malos tratos, obligándolo a realizar todo tipo de tareas vinculadas con el tambo por prolongadas jornadas, de lunes a lunes, sin francos y en condiciones muy precarias, sin poseer indumentaria adecuada ni dinero, mediando violencia física y psíquica, como así también amenazas respecto de su persona y de su madre, privándolo de trato con otras personas ajenas al lugar”.
De las constancias que existen en la causa surge también que “en una oportunidad Bustamante le dijo que si se iba les pegaría un tiro en la cabeza con la escopeta a él y a su madre”.
Trabajo pesado
Sumado a ello, “el trabajo más pesado lo hacía yo”, expresó el muchacho en una entrevista en cámara Gesell. De las declaraciones suyas y de testigos se supo que “era obligado a realizar actividades de ordeñe, de cuidado y atención de animales en un tambo que producía aproximadamente 2.700 litros de leche por día, siendo sólo la víctima y un peón los que prestaban servicio, lo que refleja una situación de abuso y desproporción entre la mano de obra y la cantidad de animales que se hallaban en el campo”.
Y a pesar de que el día del allanamiento dijeron que el muchacho estaba abocado a tareas de ordeñe, por las que percibía $ 4.000, luego se constató que “la víctima no tenía registración ante la AFIP, certificado de cobertura emitido por ART, ni autorización para trabajar otorgado por autoridad competente”.
Es decir que lo ocurrido “excede ampliamente un mero incumplimiento de la normativa laboral aplicable”, concluyó el Dr. Lauría, quien valoró que “el empleo de una persona en las condiciones descriptas nunca podría ampararse en las leyes laborales”.
Intervención del Estado
Del informe remitido por el Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a Personas Damnificadas por el delito de Trata de Personas, surge que el día del procedimiento la víctima se encontraba “en malas condiciones de salud, vestimenta y aseo personal” y que por ese motivo se le dio intervención a la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y familia de la Provincia de Santa Fe.
De las entrevistas realizadas se desprende también que el chico “no se comunicaba ni vinculaba con personas ajenas al predio, no concurría a la escuela, no tenía vínculos de amistad, no tenía relación con su círculo familiar primario, especialmente su madre y hermanos, y sólo en sus ratos libres jugaba a la pelota o bocha con su primo”.
Para lograr su reinserción social, el juez Luaría encomendó a la Subsecretaría de la Niñez de la provincia “realice un abordaje integral del joven, con acciones interdisciplinarias tendientes a resguardar su integridad psicofísica, teniendo en cuenta la necesidad de que ERR pueda elaborar un proyecto de vida acorde a su edad, deseos y expectativas”.