Hoy el Ministerio de Hacienda radicará ante el Congreso la reforma tributaria con la que se busca sanear las finanzas públicas y ampliar la cobertura de algunos programas sociales como Ingreso Solidario.
Uno de los capítulos del articulado está enfocado en el impuesto a las ventas (IVA), con el que el Gobierno buscaría lograr un recaudo de $10,5 billones.
Una de las grandes preocupaciones frente a este tema ha sido que, en medio de la crisis desatada por la pandemia, es importante que no se afecte la capacidad adquisitiva de los hogares colombianos. Sin embargo, tal como lo había anunciado el presidente Iván Duque, con esta reforma no se gravarán alimentos básicos de la canasta familiar.
De ser aprobado el articulado, los bienes que hoy están en la categoría de exentos pasarán a ser excluidos, lo que significa que no estarán gravados con IVA. Algunos de ellos son la leche, los huevos de gallina, el queso, la carne de res y de cerdo, el pescado y la nata.
Otros bienes que hacen parte del listado de excluidos dentro del estatuto tributario son: tomate, zanahoria, papa, cebolla, arroz, caña de azúcar.
Mientras que algunos servicios excluidos del impuesto son: servicios médicos, odontológicos, hospitalarios, clínicos y de laboratorio; planes obligatorios de salud del Sistema de Seguridad Social en Salud; planes de medicina prepagada y complementarios; servicios de educación preescolar, primaria, media e intermedia, superior y especial o no formal; el transporte público, entre otros.
Cabe mencionar que en el articulado los servicios públicos de energía, gas y acueducto y alcantarillado para los usuarios de estratos 1, 2 y 3 también quedarían excluidos de este impuesto.
Adicionalmente, a partir del primero de enero de 2022 se empezaría a pagar IVA de 19% por lo servicios postales y de mensajería.
Compensación de IVA
Una parte fundamental del capitulo del IVA es la compensación que se hará por el impuesto a las familias más vulnerables del país.
En esta materia, el documento establece que se hará una transferencia anticipada de $50.000 a partir del mes de octubre de 2021.
Este monto se actualizará todos los años de acuerdo con el l Índice de Precios al Consumidor (IPC) para el grupo poblacional de ingresos bajos y, además, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) será el encargado de determinar el listado de los hogares más vulnerables que se encuentren en situación de pobreza, quienes serán los beneficiarios de la compensación del IVA.
Periodos de exención de IVA
Tal como se hizo en 2020, esta reforma plantea establecer máximo tres días al año en los que algunos bienes no estarán gravados con IVA, tales como vestuario y complementos; electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones; elementos deportivos; juguetes y juegos; y útiles escolares.