La leche es una fuente valiosa de energía y aporta nutrientes esenciales y vitaminas, como la A, C, D, E, K, B1, B2, B6, B12, nicotinamida, biotina y ácido fólico, según la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO).
Sin embargo, la adición de lactosuero, obtenido en la precipitación de la caseína durante la elaboración del queso, no tiene el mismo valor nutricional. De hecho, un artículo científico publicado por la revista de la Facultad de Agronomía de la Universidad Nacional estableció que solo el 55% de sus componentes se asemeja a los de la leche, al ser un producto sobrante (sobras).
De ahí que el artículo 14 del Decreto 616 de 2006 prohíba “la adición de lactosueros a la leche en todas las etapas de la cadena productiva“, teniendo en cuenta ”que la leche es considerada alimento de mayor riesgo en salud pública”.
No por nada a este proceso se le conoce comúnmente como “rendir la leche” y disminuye su valor comercial y nutricional, de un 30% a 40%, en comparación con el producto en su estado natural.
Esta diferencia no es advertida en las etiquetas y, por tanto, entidades como el Invima, la SIC y la Delegatura para la Protección de la Competencia consideran la adición de lactosuero un engaño al consumidor y una táctica de competencia desleal entre empresas productoras.
¿Qué dijo la Superintendencia de Industria y Comercio sobr elas empresas que adicionan lactosuero a la leche?
Al anunciar las sanciones por la adición de lactoruseros a la leche entera, a primera hora del miércoles, 12 de febrero, la Superintendencia de Industria y Comercio puso en evidencia a “Gloria, Lactalis, Hacienda San Mateo y Sabanalac, por actos de engaño, ya que presentaron como leche entera higienizada (UAT) un producto adicionado con lactosuero.
De esta manera indujeron a error a los consumidores, quienes no cuentan con los elementos de juicio necesarios para detectar por su cuenta la presencia de esta sustancia, afectando con ello su capacidad de decisión sobre la naturaleza y calidad del producto a adquirir”.
Una serie de pruebas realizadas por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), luego de las visitas administrativas del 2020 realizadas a las cuatro empresas lecheras por la Delegatura para la Protección de la Competencia, indicaron la presencia de altos niveles de Caseinomacropéptido o CMP”.
Que, en otras palabras, es “un criterio que permite analizar y determinar la calidad de la leche y constatar la adición de lactosueros. Las muestras fueron tomadas de productos identificados con las marcas Medalla de Oro, Máxima, Algarra, De la Cuesta, Alkosto Hiperahorro, Parmalat, Latti y Pomar, comercializados por las sociedades sancionadas”.
El lactosuero, además de afectar al consumidor, beneficia a las empresas que lo utilizan y deja en desventaja a su competencia en el mismo segmento de mercado, según idnetificó la SIC en “dos indicios económicos que dan cuenta de la adición de este elemento: primero, la presencia de lactosuero en los inventarios de algunas empresas cuyo uso no fue justificado por las investigadas en productos distintos de la leche; segundo, algunas investigadas a pesar de contar con un modelo de negocio parecido a su competidor, se encontró la presencia de costos menores en los insumos, lo que daría cuenta del uso de materia prima (lactosuero) de menor valor que la leche cruda (principal insumo)”.