El pasado viernes el Senado de la Nación aprobó la Ley de Góndolas, que deberá comenzar a implementarse en un período de dos meses, motivo por el cual el Poder Ejecutivo debe apurar su reglamentación.
La norma fue especialmente pedida por el presidente Alberto Fernández para ser empleada como una herramienta disuasoria contra el rol de los formadores de precios, tal como se cree en la Casa Rosada, que actualmente tienen las grandes cadenas de supermercados.
Según opinan desde la gestión del Frente de Todos, esta reglamentación contaría con sanciones para aquellos supermercados que no cumplan con la competencia que se le reclama al sector comercial para posibilitar bajas en los precios con el arribo a los estantes de un mayor número de marcas y productos.
La ley, que fue sancionada con el voto de 56 senadores, establece que productos como alimentos y bebidas cuyas marcas sean de un mismo grupo económico no podrán ocupar más de un 30% de la góndola en los grandes supermercados. Los denominados supermercados chinos estarán exentos de cumplir con esta normativa.
Las grandes cadenas deberán además garantizar que un 25% del espacio en los estantes sea ocupado por alimentos de micro y pequeñas empresas nacionales, y otro 5% por productos elaborados y producidos por la agricultura familiar, campesina e indígena, y sectores de la economía popular.
Las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la elaboración de alimentos, en especial las lácteas, están de acuerdo con el alcance que puede tener la nueva Ley de Góndolas, pero consideran que deberá definirse en la letra chica cuestiones como los plazos de pago, para que no excedan como actualmente sucede los 60, 90 y hasta 120 días; flexibilidad en la logística que deben proponer las grandes cadenas comerciales para la recepción de mercadería, y una definición en relación a los repositores para el caso puntual de lácteos y otros alimentos.
Implementación de la ley
Un tema clave para las pequeñas y medianas empresas lácteas, según explicó el titular de APYMEL, es que “no están en condiciones” de ofrecer un “repositor” tal como sí lo hacen las grandes empresas lácteas, que para las usinas tiene un costo adicional el tener que pagar a una persona encargada por cada marca para reponer y acomodar la mercadería en las heladeras.
Villano, de APYMEL, también consideró necesario que se tenga en cuenta en la reglamentación lo que dice la legislación de Chile en esta materia: “En el vecino país la AFIP chilena les exige a los grandes supermercados que antes de los 30 días de vencida la factura se tiene que concretar el depósito; si no, sobre ese monto no puede ser tomado el porcentaje del IVA”. Según el referente de la Asociación, esto impondría límites a los abusos que reporta hoy la relación comercial pyme-supermercado, ya que actualmente los pagos se cancelan a plazos de entre 60, 90 y hasta 120 días. “Esto es imposible de financiar por parte de las pymes”, explicó Villano.
Las grandes cadenas de supermercados –con más de 50 bocas de expendio– concentran hoy casi el 30% del consumo doméstico, mientras que aquellos que no serán alcanzados por la norma representan el 70% restante de la comercialización; entre ellos figuran almacenes, autoservicios, supermercados chinos y kioscos.