ESPMEXENGBRAIND

4 Abr 2025
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4 Abr 2025
A las principales empresas y supermercados con marca propia se les otorgó una prórroga. Las gaseosas entre las primeras.

Si bien desde ayer los productos alimenticios elaborados con exceso en grasas, azúcares, sodio y calorías de las grandes empresas deberán elaborarse con el sello correspondiente, para empezar a ver la mayoría de los octógonos negros en las góndolas todavía habrá que esperar semanas o meses.

Es que las principales empresas del rubro -Molinos Río de la Plata, Mondelez, Danone, Mastellone y prácticamente todas las lácteas- pidieron y obtuvieron una prórroga del Ministerio de Salud para sumar los octógonos negros, a partir del año próximo.

La prórroga también alcanzó a las marcas propias de los supermercados, con el argumento de que se trata de productos que son fabricados por pymes por más que utilicen las marcas de Carrefour, Coto, Jumbo (Vea) o Changomás.

Por el momento, algunas de las pocas compañías que empezarán a sacar de sus líneas de producción los productos con las nuevas etiquetas son las fabricantes de gaseosas.

Para mayo de 2023, todos los productos deberán tener los sellos. Para las pequeñas y medianas empresas, el plazo para pedir prórroga vence el 20/1/23. Un mes después deberán tener los sellos aquellos productos que no hayan recibido o pedido prórroga y el 20/11/23 los productos tienen que presentar los sellos. Los sellos establecidos por la ley se deberán colocar en el frente de los envases.

Se trata de octógonos negros que tendrán las siguientes inscripciones: “Exceso en azúcares”, “Exceso en sodio”, “Exceso en grasas saturadas”, “Exceso en grasas totales” y “Exceso en calorías”. Además, si tiene edulcorantes, el envase deberá tener debajo de los sellos de advertencia la siguiente leyenda: “Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”, al igual que si tiene cafeína deberá decir: “Contiene cafeína. Evitar en niños/as”.

Más allá del sello, los productos que tengan estos excesos no pueden contener en sus envases personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas ni estar acompañados por elementos interactivos, obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales o cualquier otro elemento. Tampoco pueden ofrecer la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales, junto a la compra de productos.

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