La medida está vigente para las Seccionales Policiales en los siguientes departamentos: Rivera; Seccionales Policiales 5º y 6º de Cerro Largo; 8º, 10º y 12º de Rocha; 5º, 6º, 7º, 9º, 10º, 12º, 13º y 14º de Tacuarembó; 3º de San José y 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 10º de Treinta y Tres, según establece la Resolución emitida por la Secretaría de Estado.
Muchas de esas zonas vienen de sufrir la tercera sequía, con un invierno duro para los ganados, por la falta de comida y agua. El déficit hídrico provoca pérdidas de animales y facilita la propagación de enfermedades.
Los productores que deseen pastorear animales en la vía pública, deberán presentar las solicitudes en la Jefatura de Policía del Departamento o en sus Seccionales y remitir la solicitud que debe contener: Nombre del titular de las haciendas, número de inscripción en Dicose, ruta, kilómetro y paraje donde se realizará el pastoreo. A su vez, se deberá indicar la Cantidad de animales por especie (vacunos, ovinos, equinos).