Las pymes lácteas están preocupadas por la nueva normativa de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que regirá a partir de abril. La medida establece un nuevo régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado que afecta principalmente a los alimentos.
Ante esta situación, la Asociación de Pequeñas y Medianas Empresas Lácteas (Apymel) le envió una carta al titular del organismo, Carlos Castagento, para pedir que se exceptúe a las empresas lácteas de esta normativa. En detalle, se pidió que no alcance a los contribuyentes categorizados en el Registro Nacional PYME. Además, alertaron que la única forma de cumplir es trasladar al precio de venta de los productos, que generará un incremento de precios.
La normativa establece un nuevo régimen de percepción del IVA que se aplicará a las operaciones de venta de productos alimenticios para consumo humano, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza. Según detalló Apymel, esta medida obliga a actuar como agentes de percepción a los responsables inscriptos en el IVA que realicen estas operaciones de venta. Además, señaló que serán pasibles de este régimen los responsables inscriptos en el IVA que adquieran dichos productos.
Por su parte, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) manifestó su preocupación por la implementación del nuevo régimen. Por este motivo, solicitó postergar su aplicación por 90 días para adecuar los sistemas de facturación a las nuevas obligaciones fiscales y modificar el Artículo 11 de la resolución, llevando a $ 6000 el monto a partir del cual se aplicaría la percepción.
Cabe destacar, que este último pedido también lo realizó Apymel, ya que consideran que 60 pesos es testimonial. “El importe de la percepción a practicar se determinará aplicando, sobre el precio neto de la operación que resulte de la factura o documento equivalente, la alícuota del 3 %”, explicó la entidad.
Por otra parte, las pymes lácteas manifestaron que es financieramente insostenible. “La resolución obliga a que la empresa anticipe impuestos con fondos propios hasta tanto el cliente emita el pago, debiendo la industria abonar intereses a la AFIP si se pagara en la fecha en que el cliente abona la factura”, concluyó Apymel.