ESPMEXENGBRAIND

21 Nov 2025
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21 Nov 2025
El INVIMA suspendió lotes de leche en polvo de alta rotación tras detectar niveles superiores al permitido de caseinomacropéptido (CMP).
Autoridad colombiana ordena el retiro de una de las marcas de leche más populares

Las autoridades sanitarias de Colombia ordenaron el retiro inmediato de varias marcas de leche en polvo de alta presencia en supermercados y tiendas de todo el país, luego de que se confirmaran irregularidades en sus parámetros de calidad.

La medida fue anunciada por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), que encendió la alerta tras detectar anomalías en algunos lotes. Si bien inicialmente no se detallaron los motivos, con el paso de las semanas el organismo precisó que los análisis de laboratorio registraron niveles superiores a los permitidos de caseinomacropéptido (CMP), un indicador utilizado para evaluar la pureza de la leche y que, en exceso, puede revelar la adición de suero u otros componentes no declarados.

Los lotes afectados correspondían a productos de las marcas Aro, Lelé y Medalla de Oro, muy presentes tanto en supermercados como en canales mayoristas y tiendas de cercanía. El retiro fue inmediato y obligatorio para todos los puntos de venta del país, lo que generó preocupación entre consumidores, pequeños comerciantes y distribuidores que debieron retirar la mercadería de sus góndolas.

Aunque no se reportaron casos graves de salud asociados al consumo, la decisión impulsó un debate público sobre los controles de calidad en la industria láctea colombiana y sobre la necesidad de reforzar los procedimientos de verificación en toda la cadena.

La suspensión también afectó la confianza de los hogares que adquirían estas marcas por su precio y disponibilidad, y abrió la discusión sobre la importancia de garantizar transparencia en un producto básico de la canasta familiar.

El INVIMA aseguró que mantendrá las inspecciones y que seguirá ordenando el retiro de cualquier producto que no cumpla con los estándares de inocuidad establecidos por la normativa vigente.

Fuente: El Cronista

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