Después de días agitados, finalmente ayer se firmó en el Ministerio de la Producción el memorándum de entendimiento.

Una ingeniería complicada deberá ponerse en marcha para que la carta de intención firmada ayer se convierta en acciones concretas, ya que aún se despiertan muchas dudas sobre la factibilidad de concretar la operación.

Al acceder al documento se pueden observar algunas cláusulas que llaman la atención y muestran las dificultades operativas. A modo de resumen podríamos decir que el acuerdo se resume en la creación de un fideicomiso con dinero del Estado y posibles ventas por parte de SanCor de activos accionarios que posee en otras empresas. El manejo de ese fideicomiso lo tendrán los empresarios firmantes y el gremio Atilra será el contralor de los fondos. Y finalmente SanCor cederá aquellos bienes que este último indique como necesarios para cumplir con los objetivos industriales y comerciales.

Este acuerdo fue firmado por el ministro de Desarrollo Productivo de la Nación, Matías Kulfas, el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, el presidente del Banco Nación, Eduardo Hecker, el representante y presidente de la cooperativa SanCor, José Pablo Gastaldi, el Secretario General del gremio ATILRA, Héctor Ponce y el grupo de empresario-inversor integrados por José Urtubey, Marcelo Figueiras y Jorge Estévez.

Este es el texto firmado:

El memorándum de compromiso para reflotar a SanCor

El nuevo acuerdo se regirá con las siguientes cláusulas:

Primera
En virtud de las dificultades del mercado lácteo en general y la critica situación de SANCOR en particular, se ha venido explorando entre las Partes, distintas alternativas para una solución sustentable en el tiempo, que impulse a SANCOR a recobrar su posición de liderazgo en el mercado lácteo nacional, manteniendo la mayor cantidad de puestos de trabajo reales que fuera posible. En función de ello se han delineado las bases de un nuevo modelo de gestión, atendiendo las necesidades más urgentes de todas las partes interesadas.

Segunda
A los fines indicados en la cláusula primera , es voluntad de los presentes, crear un patrimonio de afectación el cual sería administrado por personas físicas y jurídicas designadas por el grupo empresario, constituyéndose un fideicomiso, cuya finalidad será facilitar el desarrollo de la actividad industrial y comercial del conjunto y que tenga entre sus objetivos principales generar un negocio empresarial sustentable que arroje los beneficios necesarios para atender las obligaciones laborales del personal que continúe bajo relación dependencia directa de SanCor y aquellas obligaciones que permitan la continuidad del giro de la cooperativa dentro de la nueva conformación del negocio junto al fideicomiso.

Asumen las partes los siguientes compromisos:

1) Destinar partidas específicas implementadas por el Estado Nacional, consistentes en fondos con destino exclusivo a la adquisición de materia prima y los respectivos insumos para su elaboración y transformación industrial, con el objeto de lograr un equilibrio operativo que permita una transición hasta el arribo de las líneas de crédito que por intermedio del Ministerio de Desarrollo Productivo y los bancos de la Nación y/o BICE permitan que el grupo empresario inicie su actividad.

Asimismo, similar destino se le dará al producido de la venta por parte de SanCor de los activos accionarios que posee de otra u otras empresas, todo lo cual deberá encaminarse a colocar a la empresa en un nivel de equilibrio operativo, el que se encuentra en los aproximadamente 1.000.000 de litros diarios promedio, nivel que deberá alcanzarse en el menor plazo posible.

2) SanCor y el fideicomiso del grupo empresario, se comprometen a no producir despidos incausados entre los aproximadamente 1.450 trabajadores comprendidos en la CCT 2/88 y representados por ATILRA.

3) SanCor transferirá al fideicomiso del grupo empresario una vez que se haya concretado la recepción por parte de dicho grupo de los fondos provenientes de las líneas bancarias oficiales ya mencionadas, aquellos bienes que este último indique como necesarios para cumplir con los objetivos industriales y comerciales del proyecto de puesta en valor de la empresa, consistiendo los mismos, conceptualmente, en aquellos bienes e instalaciones que estén al servicio de la elaboración de la totalidad de los productos que SanCor tiene la posibilidad actual o futura de producir y comercializar.

4) ATILRA tendrá participación dentro del fideicomiso, la que se determinará oportunamente y ejercerá el contralor del destino de los fondos provenientes de las herramientas financieras provistas por el Estado Nacional a fin de asegurar que los mismos no sufran desvíos de los objetivos trazados, asimismo continuará contribuyendo al mantenimiento de la paz social para lo cual es indispensable que se cumplan las pautas acordadas.

Tecera
Para la consecución de los propósitos indicados, las Partes entienden indispensable, involucrar de inmediato a las autoridades Nacionales con el objeto de actuar en forma conjunta y gestionar las herramientas estatales que estén al alcance para coadyuvar al logro de los fines trazados.

Cuarta
Las Partes se comprometen a poner sus mayores esfuerzos para avanzar a la brevedad en el sentido antes indicado, ejecutando todos los actos jurídicos que fueren necesarios a tal fin.

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