Apocas horas de que se conozca la inflación de abril, la Secretaría de Comercio avanza con más controles y regulaciones en las góndolas. La intención de la cartera que preside Paula Español es que en el marco de la ley de góndolas -que comenzará a regir en los próximos días- los supermercados tengan que identificar con un cartel cuál es la marca y presentación con el precio más bajo de su categoría.
La resolución que fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial obligará a las cadenas alcanzadas por la ley de góndolas a identificar en cada una de las 43 categorías de alimentos, bebidas, limpieza y tocador el producto que tiene el “menor precio por unidad de medida”. Por ejemplo, en la categoría “quesos untables y ricotas” deberá estar identificado en cada góndola la marca y presentación que tienen el kilo más barato, más allá del tamaño en que se comercialice. Este producto además deberá estar ubicado en el sector medio de la góndola y en la primera página del sitio web donde se muestre la categoría.
Según se conoció hace unas semanas, la nueva norma solo alcanzará a las cadenas que operan a nivel nacional (Carrefour, Jumbo/Disco/VEA, Coto, Walmart, La Anónima) y los grandes jugadores regionales, como la Cooperativa Obrera de Bahía Blanca, Comodín (Jujuy), Atomo (Mendoza), Todo (Bariloche) o California (Misiones).
El límite establecido será para los locales que tengan más de 800 metros cuadrados de salón de venta (es decir, sin contar áreas de depósito, vestuarios y oficinas), lo que en los hechos deja fuera del alcance de la ley a propuestas como Carrefour Express o la mayoría de las tiendas de Día.
Aplicación demorada
La ley de góndolas fue sancionada hace más de un año, aunque la pandemia demoró su reglamentación hasta diciembre último. La norma establece que los productos de una marca no pueden ocupar más del 30% de la góndola y que de un producto, por ejemplo, de fideos o galletitas, debe haber cinco marcas diferentes, como mínimo. El listado completo abarca a unas 65 categorías, en las que fueron distribuidos los artículos de la Canasta Básica (como alimentos, bebidas, y productos de tocador y limpieza).
Además, a fines de enero se implementó que el 25% de los productos deben ser de las pymes, cooperativas o mutuales, mientras que el 5% debe ser de empresas de agricultura familiar, campesina o indígena o de la economía popular.
Por su parte, en la isla de exhibición y en los exhibidores que están pegados a la caja donde se cobra, el 50% del espacio debe estar ocupado por productos de micro y pequeñas empresas nacionales, de cooperativas y de mutuales.