La Dirección General de Ordenación Agropecuaria ha convocado para el año 2024 las subvenciones al control del rendimiento lechero en Castilla-La Mancha. Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de 20 días a contar desde este viernes.
LECHE
Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de 20 días a contar desde este viernes.

Así consta en la resolución de dicha Dirección General que publica en su edición de este jueves el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, en la que se indica que la finalidad de estas ayudas es contribuir a una mayor eficiencia de los animales productores de leche, para mejorar la competitividad de las explotaciones ganaderas y para reducir los efectos ambientales perjudiciales de la producción de leche, disminuyendo tanto el consumo de insumos como las emisiones contaminantes por litro de leche, subvencionando para ello los costes que generan las actividades del control del rendimiento lechero en Castilla-La Mancha.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades de control de rendimiento lechero, así como las asociaciones u organizaciones de criadores definidas en la orden de bases, que cumplan los requisitos establecidos en el citado artículo.

La cuantía estimada para la convocatoria de subvenciones al control del rendimiento lechero en Castilla-La Mancha para el año 2024 es de 297.896 euros, financiada con cargo a los créditos presupuestarios de los ejercicios 2024 y 2025 de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural quedando condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los ejercicios correspondientes.

La presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

A tal efecto, la persona solicitante o la que lo represente deberá darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: (https://notifica.jccm.es/ notifica/).

Las solicitudes estarán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria y se acompañarán de la documentación que figura en el apartado octavo.

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