En un memorando presentado recientemente, Usdec cuestionó aspectos clave relacionados con la transparencia y el acceso al expediente público de la investigación. “Esta falta de garantías afecta el derecho de defensa al mantener en secreto los argumentos presentados por la industria colombiana”, aseguró el Consejo en el documento.
Según el Consejo, el proceso no cumple con los estándares exigidos para este tipo de investigaciones, lo que representa una vulneración a los derechos de las partes involucradas.
La investigación, iniciada mediante la Resolución 192 del 3 de julio de 2024, busca determinar si las importaciones de leche en polvo de Estados Unidos han recibido subvenciones que perjudiquen a la industria nacional. Como parte de este proceso, el Mincit impuso en septiembre de 2024 un arancel provisional del 4,86% sobre estas importaciones, medida que permanecerá vigente hasta el 16 de enero de 2025.
Desde el comienzo de la investigación, los exportadores estadounidenses han cuestionado las actuaciones del Mincit. Simón Hernández, consultor de Usdec, afirmó que “la investigación se inició de oficio sin cumplir los estándares para tal decisión y se ha adelantado con prácticas de confidencialidad que han desconocido la tradición del gobierno colombiano en garantizar los derechos de las partes en este tipo de procesos”.
Además, destacó que decisiones como la imposición de un derecho provisional contradicen principios fundamentales establecidos en la Ley 1437 de 2011, del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), así como los compromisos adquiridos por Colombia en el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y en la Organización Mundial del Comercio.
Un aspecto crítico del proceso es la etapa de práctica de pruebas, regulada por la Resolución 322 del 28 de octubre de 2024. En esta resolución, la Dirección de Comercio Exterior decretó pruebas y programó visitas de verificación a plantas de importantes empresas nacionales.
Inicialmente prevista hasta el 30 de enero de 2025, esta etapa se cerró de manera anticipada el 13 de diciembre de 2024, bajo el argumento de que el objetivo probatorio ya se había cumplido. Este cambio abrupto de plazos coincidió con el cierre del año y generó alteraciones significativas en los calendarios de los equipos dedicados a la defensa.
Los exportadores también han enfatizado la importancia de garantizar el acceso oportuno y en tiempo real al expediente público de la investigación, una herramienta fundamental para ejercer plenamente los derechos de defensa y contradicción.
Usdec señaló que la falta de actualizaciones integrales en el expediente pone en riesgo la preparación de los alegatos finales, cuyo plazo vence el 30 de diciembre de 2024. “Es esencial que las autoridades cumplan con las normativas vigentes, en particular el artículo 41 de la Ley 1437 de 2011, que obliga a mantener actualizado el expediente público”, instó el Consejo.
El organismo también subrayó que el cumplimiento de estas normativas es indispensable para garantizar un proceso justo y transparente para todas las partes interesadas. Usdec reiteró su compromiso con la competitividad de la industria colombiana a través de un relacionamiento estratégico que ha contribuido al acceso de la agroindustria a mercados internacionales.
Asimismo, expresó su disposición de trabajar de manera armónica con los actores del mercado colombiano en áreas como la promoción del consumo de lácteos y la sostenibilidad.
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