Mediante un proyecto de decreto, el ministerio de Salud y Protección Social actualiza los requisitos que debe cumplir la leche de animales para consumo humano. Por su parte el ICA, también somete a consulta pública los requisitos sanitarios para la certificación de los establecimientos de origen de bovinos y/o bufalinos, destinados a la producción de carne para exportación
GOBIERNO LECHE
Dos regulaciones que tocan la actividad de producción y comercialización de carne y leche serán actualizadas por el gobierno nacional, y cursan la fase previa de consulta para que sean conocidas y se propongan modificaciones.

En relación con actualización de los requisitos que debe cumplir la leche para consumo humano, el ministerio de Salud y Protección Social, hace referencia a leche de animales bovinos, bufalinos, caprinos y ovinos que se obtenga, procese, envase, transporte, comercializa, expenda, importe o exporte en el país. La norma también actualiza la Inspección, Vigilancia, Control y gestión de riesgos que constituyen funciones esenciales de la salud pública, asociada a la responsabilidad estatal y ciudadana de proteger la salud individual y colectiva, con el fin de regular las acciones de intervención de las cadenas productivas, orientadas a la eliminación o minimización de riesgos, daños e impactos negativos a la salud humana por el consumo de productos alimenticios, dentro de los que se encuentra la leche destinada para consumo humano, a través de la adopción de un reglamento técnico.

El proyecto de decreto, que es un reglamento técnico, derogaría el Decreto 616 de 2006, y estará en consulta hasta el 30 de septiembre de 2024. Una vez expido el nuevo decreto el reglamento técnico entraría a regir a los seis (6) meses siguientes de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, período en el cual, los productores, importadores y comercializadores de la leche para consumo humano, deben adaptar sus procesos y/o productos a las condiciones establecidas.

Este proyecto de resolución puede ser consultado en este link.

Respecto al proyecto de resolución del ICA, se busca actualiza “los requisitos sanitarios para la certificación de los establecimientos de origen de bovinos y/o bufalinos, destinados a la producción de carne para exportación a Estados Unidos y Canadá, provenientes de la zona libre con vacunación (zona libre III Comercio/Caribe y se establecen otras disposiciones”, e igualmente regirá a partir de la fecha de su publicación en el diario oficial y deroga la Resolución ICA 3207 de 2014.

 

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