La Superintendencia de Industria y Comercio impuso, en primera instancia, sanciones por valor total de $1.117 millones a 12 empresas del sector lácteo por incumplir con las normativas del sistema de pago de leche cruda a los productores.
Dentro de las empresas sancionadas se encuentran Läktoland S.A.S., Productos Lácteos Colfrance; Alpina Productos Alimenticios S.A.S., Freskaleche S.A.S., Gloria Colombia S.A.S., Cooperativa Colanta, Nestlé de Colombia; Alquería; Cooperativa de Productores de leche de la Costa Atlántica Ltda. (Coolechera); Alimentos del Valle S.A.; Central Lechera de Manizales S.A. y Lactalis Colombia S.A.S.
En las investigaciones adelantadas, según Superindustria, se evidenció el incumplimiento en la liquidación del pago del litro de leche cruda adquirida, así como el no ajuste a los parámetros emitidos por el Ministerio de Agricultura.
“Uno de los principales incumplimientos detectados está relacionado con la omisión en la correcta liquidación de los costos asociados al transporte y acopio de la leche cruda, como consecuencia de la falta de identificación de los vehículos utilizados en el transporte y la no indicación de la distancia recorrida”, indicó la autoridad.
Y recordó que el precio regulado recompensa distintas variables en la producción de leche cruda, como las buenas prácticas ganaderas, la garantía de calidad de la leche tanto de manera composicional como higiénica, la vacunación del ganado, entre otros factores no solo económicos, sino también sanitarios y alimentarios.
De esta manera, para la Superindustria, “este tipo de irregularidades afecta la transparencia en el mercado y genera distorsiones en la fijación del precio de la leche cruda, perjudicando tanto a los productores como al sistema de comercialización de productos lácteos en general”.
Finalmente, destacó que la entrega de esta información es esencial para garantizar que el precio pagado al productor sea justo y conforme a los parámetros establecidos por la normativa vigente.
Las empresas sancionadas tienen derecho a interponer los recursos de reposición y apelación contra los actos administrativos sancionatorios.
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