De la leche a los coches pasando por los geles de baño a otros ejemplos más lejanos como el cártel de los sobres de papel o el de las galletas y los caramelos en la década de los noventa. En España existen cárteles empresariales que repercuten directamente en el consumidor a través de precios menos competitivos de lo que deberían ser por los acuerdos fraudulentos entre compañías de diferentes sectores.
Se trata de pactos secretos e ilegales entre varias empresas, que, en vez de competir entre sí, fijan los precios, limitan las cantidades producidas por cada uno o se reparten cuotas de mercado. Las trampas también pueden consistir en realizar pujas fraudulentas en concursos públicos o en intercambiar información sobre precios futuros, entre otras conductas anticompetitivas.
Actualmente, hay varios casos activos en proceso de reclamación como el de los coches o el cártel de la leche. Albert Poch, abogado del despacho Redi, explica que estas prácticas acaban perjudicando al consumidor porque se encarecen los precios de venta final al público o porque se reduce la calidad del bien o del servicio en cuestión. Poch también denuncia que las tramas empresariales siguen en activo porque «salen muy a cuenta» y que las sanciones finales no suelen conllevar multas de importes muy altos. «No son disuasorias», sentencia Poch, quien recuerda que los ciudadanos tienen derecho a reclamar una compensación por los daños causados.
«Los cárteles restringen la libre competencia, lo que en definitiva supone acceder a menos bienes y servicios ya que se restringe la comercialización o incluso se impide a las empresas que no participan en el cártel. Por otro lado, se da un aumento de precio porque al haber limitado el mercado, el precio sube debido a que siempre son más caros los bienes escasos o porque directamente se acuerda por los participantes del cártel la fijación de esos precios», interpreta, por su parte, Almudena Velázquez, directora legal de Reclamador.es.
En el caso de los coches, el cártel de fabricantes de coches consistió en un pacto de fabricantes y distribuidores de vehículos en los que se intercambió información comercial para obtener mayores ingresos a costa de los compradores. Entre el 20 de abril y el 1 de diciembre de 2021, el Tribunal Supremo dictó 13 sentencias confirmando las multas impuestas por Competencia a varias de las empresas participantes.
Los alrededor se siete millones entre particulares -según cálculos de Redi- y empresas que adquirieron un coche nuevo entre los meses de febrero de 2006 a agosto de 2013 de las casi 30 marcas sancionadas cuentan con el derecho a reclamar una indemnización por el sobreprecio desembolsado. «Todo aquel que compró un coche perjudicado por el cártel puede reclamar, independientemente del estado del vehículo o de que lo posea o no en la actualidad. De hecho, animamos a todos los perjudicados por el cártel a unirse a nuestra iniciativa antes del 31 de marzo», avisa Andoni De la Llosa, socio de Redi Abogados y portavoz de Compensación del Coche. De la Llosa sí incide en que hay que aportar la factura de compra, así como el contrato o el impuesto de matriculación.
Tito Álvarez, coordinador y portavoz de Élite Taxi Barcelona y Taxi Project, explica que a través de Redi Abogados descubrió que miles de taxistas habían pagado de más por la compra de un vehículo. «En España hay 68.000 taxistas autónomos y en ese periodo de tiempo se compraron muchos coches. No tengo la cifra exacta de afectados, pero ya se han inscrito más de 3.000 taxistas del sector», relata Álvarez. A este respecto, indica que esperan recuperar entre un 10 o un 15% del total pagado por el coche más los intereses de demora que se han ido acumulando a lo largo de estos años. «Es una vergüenza que sigan pactando precios en nuestros país porque en el peor de los casos se devuelve mucho menos dinero que el fijado en principio como sanción», apostilla el coordinador de Élite Taxi Barcelona.
Multa a las empresas lácteas
Otro de los tramas más conocidas por el gran número de productores afectados y su repercusión mediática fue la de la leche. Desde el año 2000 hasta el 2013, los principales compradores de leche se pusieron de acuerdo para conseguir un suministro más barato frenando así las opciones de negociación con los ganaderos. Pero, en julio de 2019, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sancionó a ochos grandes empresas lácteas y dos asociaciones del sector con una multa de 80,6 millones de euros por alterar los precios de compra a la baja. Las prácticas anticompetitivas consistieron en intercambiar información, a nivel nacional y regional, sobre precios de compra de leche cruda de vaca, volúmenes de compra de ganaderos y excedentes de leche. Esta información permitía a las empresas ajustar su comportamiento y evitar ofrecer mejores precios y condiciones comerciales a los ganaderos, con lo que se limitaba la competencia, según denunció entonces la CNMC. «Los ganaderos tienen ahora derecho a reclamar a las empresas responsables del cártel una indemnización por daños y perjuicios, que equivale a la cantidad que dejaron de percibir», explica Poch.
Uno de los afectados por esta práctica contraria a la libre competencia es Elíseo Cebreiro ganadero en Ferrol, quien denuncia que, a pesar de la multa de Competencia, a día de hoy persisten estas prácticas. «Nos traen los contratos y te imponen un precio, que tienes que firmar sí o sí. No puedes cambiar de empresa porque ellos están de acuerdo y nosotros no tenemos fuerza. Sigue pasando ahora y es casi peor: nos estamos falsificando a nosotros mismos, pero no tenemos otra opción», admite. Sobre si estos precios repercuten al alza en la cesta de la compra, Cebreiro asegura que al consumidor no le afectan porque las compañías distribuidoras aprietan también a las grandes empresas lácteas.
Por su parte, el portavoz de Facua, Rubén Sánchez, recuerda lo ocurrido con el cártel de los geles de baño creado en 2005 y a través del cual varias empresas fabricantes acordaron la reducción de los envases para vender menos cantidad por el mismo precio. Dicho encarecimiento se conseguía vendiendo el producto en un envase más pequeño, pero en el que se mantenía el mismo precio en las estanterías. Debido a ello, Sánchez reclama un endurecimiento del marco sancionador para que las empresas no piensen que les compense asumir el riesgo de infringir la ley. «Cuando se trata de productos muy caros, como es el caso de los coches, es lógico que se produzcan demandas. Pero, en otros casos, como el de los geles de baño, los consumidores no van a juicio para reclamar unos céntimos y ni siquiera tienen guardados los tiques de compra», apunta el portavoz de Facua.
Pasos para reclamar una indemnización
El procedimiento comienza con una reclamación extrajudicial con el fin de intentar solucionar el conflicto evitando acudir a los tribunales. Pero, la experiencia demuestra que «las empresas que participan en cárteles son muy poco dadas a aceptar el acuerdo y fuerzan la presentación de demandas», indica la abogada Almudena Velázquez. «Hay que tener en cuenta que el plazo para formularlas puede ser de uno o de cinco años, según el momento en que se desarrolló el cártel», añade. Este periodo temporal comienza a contar desde que el afectado conoce no solo la existencia del cártel, sino todas sus características, por lo que el plazo de prescripción es una de las cuestiones más discutidas en este tipo de demandas.
«Los juzgados competentes son los mercantiles y aunque se presuma la existencia de daños y perjuicios, hay que probarlos, lo que necesariamente requiere la realización de un dictamen pericial en el que se cuantifiquen esos daños. La empresa demandada, aportará en su contestación otro informe contradictorio, y serán los jueces los que, a la vista de estos informes y su ratificación en juicio, determinarán la cuantía indemnizatoria», apostilla Velázquez, quien pone de ejemplo el que en el cártel de camiones la indemnización esté oscilando en una horquilla del 5% al 20% de las cantidades peritadas, o del valor de compra.