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14 Abr 2026
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Brasil avanza en un proyecto de ley para prohibir la reconstitución de leche en polvo importada con fines industriales, buscando proteger a sus productores locales de la competencia del Mercosur.
Brasil endurece postura Comisión aprueba restricciones a la leche importada

Nueva barrera comercial en el horizonte

La Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados de Brasil ha dado un paso significativo hacia la protección de su mercado interno al aprobar un proyecto de ley que prohíbe la reconstitución de leche en polvo importada para consumo humano. Esta medida impacta directamente en las industrias lácteas brasileñas que utilizan el polvo importado (principalmente de Argentina y Uruguay) como insumo para elaborar productos como quesos, yogures y leche condensada.

Ejes centrales del proyecto

El proyecto de ley, impulsado por el diputado Zé Silva, tiene como objetivo frenar la caída de los precios internos pagados al productor brasileño, quienes denuncian una competencia desleal debido a los subsidios en otros países y a la saturación del mercado con leche externa.

  1. Prohibición de reconstitución: Las industrias no podrán agregar agua a la leche en polvo importada para venderla como líquida o usarla en procesos de transformación.

  2. Excepción para el retail: Los productos importados que ya vienen en envases listos para el consumidor final no se verán afectados, siempre que cumplan con las normas sanitarias.

  • Foco en el impacto social: Se argumenta que esta medida es vital para sostener a las familias rurales brasileñas y evitar el abandono de la actividad lechera.

  • El antecedente de Paraná

    La propuesta se inspira en una normativa implementada en el estado de Paraná, donde una restricción similar logró reducir las importaciones en un 50% y mejoró sustancialmente la rentabilidad de los tamberos locales. El éxito de este modelo regional es el principal motor para intentar llevar la prohibición a nivel federal.

    Próximas etapas legislativas

    El camino del proyecto aún no termina:

    • Comisión de Constitución y Justicia: Será el siguiente filtro para evaluar la legalidad del texto.

    • Congreso y Ejecutivo: Debe ser aprobado por ambas cámaras y luego promulgado por el Presidente de la República.

    • Reglamentación: Una vez aprobada, se daría un plazo de 180 días para definir los mecanismos de control y las sanciones.

    Este avance ocurre en un contexto de alta tensión comercial dentro del Mercosur, mientras se aguarda el fallo de una investigación por posible dumping contra las exportaciones lácteas de Argentina y Uruguay.

    Fuente: Tardáguila Agromercados

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